El funcionario de la Unidad de Supervisión del Trabajo se presenta sin aviso, pide la nómina y deja una orden de comparecencia con pocos días de plazo. Lo que la empresa haga en esos días pesa más que todo lo que haga después. Esta guía ordena la respuesta.
Qué puede pedir el supervisor (y qué revisa)
- Nómina, recibos de pago y registro de horario: sí, siempre.
- Solvencias del IVSS, FAOV y INCES, y RIF actualizado.
- Contratos de trabajo y de servicios con terceros.
- Comité de Seguridad y Salud Laboral y programa de seguridad (materia INPSASEL, bajo la LOPCYMAT).
Las multas en cifras
| Gravedad | Ejemplo típico | Rango (LOTTT) |
|---|---|---|
| Leve | No exhibir el horario de trabajo | 30 a 60 U.T. |
| Grave | Incumplir obligaciones salariales | 60 a 120 U.T. |
| Muy grave | Desacato u obstrucción a la supervisión | 120 a 360 U.T. |
Las multas se calculan por trabajador afectado, y las infracciones en materia de seguridad y salud laboral (LOPCYMAT) tienen escalas propias, bastante más severas.
Los tres errores que agravan el caso
- No atender la orden de comparecencia. El desacato es infracción autónoma y suma a la sanción original.
- Responder con generalidades. Cada punto del acta merece documento de sustento, no un párrafo declarativo.
- Subsanar sin dejar constancia. Corregir antes de la providencia puede reducir la sanción, pero hay que acreditarlo formalmente en el expediente.
Si el procedimiento ya derivó en providencia sancionatoria, quedan el recurso de reconsideración, el jerárquico y la vía contencioso-administrativa. Pero la defensa más barata sigue siendo la de los primeros días.